DE LA CORTESÍA AL DELITO: LO QUE EL TRIBUNAL SUPREMO HA DICHO… Y LO QUE NO. Por Carlos Garcés.
En los últimos días he leído en redes sociales afirmaciones tan rotundas como inquietantes: “Besar la mano de una mujer ya es delito en España”.
Y es precisamente por eso por lo que escribo este artículo. No para sumarme al ruido, sino para desenmascarar la confusión. No para aplaudir, sino para aclarar.
Porque cuando una sociedad empieza a distorsionar el Derecho, lo que está en juego no es un gesto, es la libertad.
El reciente fallo del Tribunal Supremo de España dictado en marzo de 2026 no dice que besar la mano sea delito. No lo dice. Y hay que repetirlo sin complejos. Se trata de la resolución en la que el Tribunal Supremo confirmó la condena contra un hombre por un delito de agresión sexual en Alcobendas (Madrid), ocurrido en enero de 2023, donde el condenado cogió la mano de una mujer sin su consentimiento, la besó y simultáneamente le hizo proposiciones sexuales ofreciendo dinero. Esa es la sentencia concreta que ha generado todo el debate público: el Supremo concluyó que un contacto físico no consentido con connotación sexual en estas circunstancias puede constituir agresión sexual, y no puede ser tratado simplemente como un gesto de cortesía.
Lo que dice es que un beso en la mano puede convertirse en agresión sexual si se produce sin consentimiento, con intención sexual y en un contexto que vulnere la libertad de la persona.
Y el caso concreto no admite manipulaciones: un hombre que agarra la mano sin permiso, que besa, que insiste, que propone relaciones a cambio de dinero. Eso no es cortesía. Eso es otra cosa. Y por eso se condena.
Pero lo grave no es la sentencia. Lo grave es lo que se está haciendo con ella.
Se está utilizando para instalar en la sociedad una idea perversa: que todo gesto es sospechoso, que toda relación humana debe ser filtrada por el miedo, que la educación y la galantería han pasado a ser territorio de riesgo.
Y aquí es donde entra el problema de fondo.
Desde la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual (7 de septiembre de 2022), todo gira en torno a un concepto que, aunque necesario, es profundamente resbaladizo: el consentimiento.
¿Existe? ¿Cómo se manifiesta? ¿Cómo se interpreta? ¿Quién lo define?
Y más aún: ¿cuándo un gesto deja de ser social para convertirse en sexual?
Entramos aquí en el terreno de los conceptos jurídicos indeterminados. Intención. Contexto. Percepción. Palabras que no son cifras, que no son exactas, que dependen de interpretaciones humanas.
Y cuando el derecho se apoya excesivamente en lo interpretable, el ciudadano deja de tener certezas y empieza a tener temor.
No, no es delito besar la mano. Pero tampoco es serio que una sociedad entera tenga que preguntarse si un gesto tradicional puede ser reinterpretado como agresión según quién lo observe.
Porque entonces ya no hablamos de justicia. Hablamos de inseguridad jurídica.
Y la inseguridad jurídica es el principio del fin de la libertad.
No defenderé jamás conductas degradantes ni abusivas. Pero tampoco voy a aceptar que se construya un clima social donde todo hombre sea sospechoso y todo gesto sea potencialmente delictivo.
Eso no es progreso. Eso es desconfianza institucionalizada.
Eso no protege a la mujer. Eso degrada la convivencia.
Porque una sociedad sana no se construye desde el miedo, sino desde la claridad.
Y hoy, más que nunca, hay que decirlo alto y claro, aunque moleste:
No, besar la mano de una mujer no es delito.
Pero si seguimos por este camino de confusión, de interpretaciones abiertas y de manipulación del lenguaje jurídico por parte de los partidos políticos y otros colectivos, lo que hoy es una aclaración mañana puede convertirse en una sospecha generalizada.
Y cuando eso ocurre, ya no se juzgan hechos. Se juzgan intenciones.
Y cuando se juzgan intenciones… la libertad ya ha empezado a retroceder.

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